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Suprema Corte define que feminicidio también aplica para personas trans

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió que las personas transgénero y transexuales también deben ser consideradas como víctimas de feminicidio.

La ministra presidenta de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña Hernández, dijo que es importante que México reconozca la violencia trans feminicida, por lo que se debe tipificar penalmente.

Cabe señalar que es la primera vez que en el Pleno se aborda el tema del feminicidio en las personas trans, esto tras estudiar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán.

Dicha comisión alegó que el Congreso local incurrió en una omisión porque no reconocer a las personas transgénero y transexuales como víctimas de feminicidio en la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio de la mencionada entidad, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 30 de junio de 2022.

La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, declaró infundados los argumentos de la referida comisión, porque, dijo, esta ley no deja de lado los derechos de las personas trans y mucho menos las discrimina.

“La ley impugnada no establece alguna restricción o exclusión basada en el sexo biológico, al momento de nacer, ya que en su artículo tercero, fracción 14, define como víctima a la mujer que ha sufrido un homicidio doloso, considerado como feminicidio o aquella mujer que ha sido objeto de una tentativa de feminicidio, por lo tanto, la ley no realiza una distinción expresa en el sentido de qué sólo se aplica a las mujeres cisgénero, de tal manera que es posible concluir que la totalidad de su contenido es aplicable también a las mujeres, transgénero y transexuales”, enfatizó.

El ministro Luis María Aguilar Morales se sumó al proyecto de Margarita Ríos Farjat y explicó los criterios que ha emitido sobre el tema la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Recordemos que la Corte Interamericana ha señalado que las personas que se identifiquen con identidades de género diversas deben ser reconocidas como tal y el Estado debe garantizarles que puedan ejercer sus derechos y contraer obligaciones en función de esa misma identidad, sin verse obligadas a detentar otra identidad que no representa su individualidad, más aún cuando ello involucra una exposición continúa al cuestionamiento social sobre la misma identidad, afectando el ejercicio y goce efectivo de sus derechos”, indicó.

Mencionó que la norma impugnada por la comisión debe ser interpretada como lo propone el proyecto en su sentido más amplio, al prever como víctimas de dicho delito a la mujer, esto es en cuanto a dicho término abarca también a la comunidad trans.

Norma Piña, presidenta de la Corte, también se sumó al proyecto y apuntó que es importante que se reconozca la violencia trans feminicida.

“Considero muy importante que en México se reconozca la violencia trans feminicida, que esta se prevenga, se sancione y se erradique en especial, tipificando, penalmente sobre las violaciones a los derechos de las personas, personas, transexuales y transgénero, en diversos contextos y atendiendo a sus particularidades”, destacó.

XEU

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