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‘Tienen poco mercado’: Sheinbaum explica por qué Stellantis pausó operaciones en México

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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, el paro temporal de la gigante automotriz Stellantis en México es para evaluar el nuevo panorama tras los aranceles impuestos por el Gobierno de Donald Trump, además indicó que dicha empresa le informó al secretario de Economía, Marcelo Ebrard, que no tienen pensado disminuir empleos en el país

“Hablo el secretario Ebrard con Stellantis, ellos tienen poco mercado de esos autos que venden independientemente de los aranceles, entonces están haciendo una revisión para ver si ese mismo vehículo se sigue fabricando, porque es un vehículo eléctrico (…) Lo que nos informaron a través del secretario Ebrard es que no están pensando en disminuir los empleos ni mucho menos, sino es un paro temporal para poder hacer una evaluación de las condiciones actuales”, refirió

Asimismo la mandataria mexicana resaltó que Volvo aumentó la producción de uno de sus vehículos en su planta de Nuevo León.

Cabe recordar que el jueves entraron en vigor aranceles del 25 por ciento a los vehículos fabricados fuera de Estados Unidos, o del T-MEC del que forman parte Canadá y México, y que son importados al país.

Ante ello Stellantis se vio forzada a suspender temporalmente la producción en dos plantas de montaje, una en Canadá y otra en México, por la entrada en vigor de estos gravámenes. Y al dejar de fabricar vehículos en esas plantas, también suspendió la producción en centros de trabajo en Estados Unidos.

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Sheinbaum confirma asistencia a la CELAC en Honduras

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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, confirmó su asistencia a la IX Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, el próximo 9 de abril.

En conferencia mañanera, la mandataria mexicana apuntó que esta decisión surgió a raíz de su conversación telefónica con su homóloga hondureña, Xiomara Castro.

«Voy a a ir a la Celac el 9 de abril, voy a ir por poquito tiempo, no me voy a quedar todo el tiempo. Estamos definiendo el horario, a ver si puedo llegar a la inauguración”, indicó.

“Es el 9 de abril, entonces estaría en Tegucigalpa cerca de dos horas para acompañar a la presidenta Xiomara y al presidente Petro que asume la Presidencia de la Celac. Estaríamos para la inauguración un ratito y nos regresamos”, puntualizó.

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Liconsa ahora llevará el nombre de ‘Leche del Bienestar

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El director de Operaciones de Liconsa, Antonio Talamantes Geraldo, informó este viernes que la empresa fundada por el Presidente Manuel Ávila Camacho en 1944, cambiará de nombre en la Cuarta Transformación a ‘Leche para el Bienestar’.
“Estamos en un proceso de transformación para llamarse Leche para el Bienestar” anunció Talamantes Geraldo durante su participación en ‘la mañanera del pueblo’, en donde también informó que para 2030, Liconsa busca aumentar el número de beneficiarios con el programa: pasar de 6.3 millones, que son hoy en día, a 10 millones.
Por otra parte la titular de Alimentación para el Bienestar anunció que el gobierno de México, María Luisa Albores González dio a conocer que se construirán ocho plantas envasadoras y procesadoras de productos del campo como café, cacao y miel, y con el maíz y frijol.
Ante ello señaló que se construirá infraestructura para transformar y dar valor agregado a los granos y miel provenientes de pequeñas y pequeños productores, pagando los precios justos y con ello ofrecer una variedad de productos de excelente calidad que contribuyan al cuidado ambiental.

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La exposición Dolorosa. Patrona de los hogares difunde los simbolismos que rodean a la Pasión de Cristo

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Durante el periodo virreinal, la elaboración de los altares de Dolores se convirtió en una de las tradiciones más importantes, en la cual participaban todos los sectores de la sociedad novohispana, dado que la imagen de esta advocación mariana era símbolo de fe y esperanza, pero también de confianza y protección para las familias.

A fin de evocar esta costumbre, el Museo Nacional del Virreinato (MNV), adscrito a la Secretaría de Cultura del Gobierno de México, a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), inauguró este jueves la exposición temporal Dolorosa. Patrona de los hogares, la cual exhibe una importante colección de arte religioso en torno a la Virgen de los Dolores y la Pasión de Cristo, ello con miras a divulgar el origen de los siete dolores de la madre de Jesús y el simbolismo que los rodea dentro de la visión católica de la Semana Santa.

En la apertura de la muestra, la directora del MNV, Eva María Ayala Canseco, explicó que este año el altar de Dolores del recinto busca explicar cómo esta divinidad fue patrona de las familias durante el periodo virreinal. “Era a quien se encomendaban para pedir por su bienestar”, indicó al relatar cómo estos espacios domésticos también eran conocidos como ‘incendios’, debido a la profusión de veladoras.

Agregó que el montaje da inicio a un nuevo ciclo en el museo, mismo que buscará concretar proyectos para actualizar contenidos, promover la conservación de acervos “y llevarnos al futuro en términos de exhibición museológica, pero también en lo que toca a nuestra relación con las juventudes y la sociedad en general”.

La curadora de la exposición e investigadora del MNV, Estela Dorantes Juárez, explicó que las obras que la conforman datan de los siglos XVII, XVIII y XIX, si bien mayormente se emplearon piezas del propio repositorio, se integran elementos de los museos Nacional de Historia, de la Charrería y de Arte Religioso de la Catedral de la Ciudad de México, así como objetos que recuperados por la antigua Procuraduría General de la República.

Indicó que se trata de representaciones que buscan reflejar el sufrimiento de la Virgen y transmitir enseñanzas espirituales, pues durante el virreinato, “las esculturas de María y las pinturas alusivas a la Pasión de Jesucristo fueron importantes para la conversión y evangelización de los indígenas.

“La imagen de la Dolorosa en estas formas artísticas, a menudo tenía un tono de profunda emoción y sufrimiento, pero también de esperanza y consuelo”, detalló.

La muestra se integra por 14 piezas, distribuidas en dos unidades. En la primera se puede apreciar el altar de Dolores, conformado por todos los elementos simbólicos que la tradición marcaba en el siglo XVII: al centro, una Virgen hecha en madera, conocida como ‘doméstica’ por su tamaño pequeño y fabricada especialmente para estas ocasiones.

La escultura es acompañada por una peana, un nicho y dos candeleros, así como por recipientes con aguas de sabores que representan la pureza de la Virgen (horchata) y la sangre de Cristo (jamaica), flores, velas, germinados y tapices de semillas que aluden a referentes pasionarios como los dados con los que jugaron los soldados romanos a los pies de la cruz, la corona de espinas, o la llamada lanza de Longino.

En la segunda unidad, ubicada en el área de Temporales del MNV, el público podrá apreciar dos esculturas de la Virgen de los Dolores, utilizadas para procesiones; dos pinturas sobre la Pasión de Cristo; la figura de un corazón fundido en plata e imágenes de uso doméstico de la Dolorosa.

La exhibición permanecerá hasta el 30 de mayo de 2025 y podrá visitarse en un horario de martes a domingo, de 9:00 a 17:30 horas. El acceso está incluido en el boleto de ingreso al museo, cuyo costo es de 100 pesos, salvo las excepciones contempladas por la ley. Domingo entrada libre a mexicanos y extranjeros residentes con documentos probatorios.

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El Museo Nacional de las Culturas del Mundo invita a dar una vuelta al planeta en 150 juguetes

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El Museo Nacional de las Culturas del Mundo invita a dar una vuelta al planeta en 150 juguetes

El Museo Nacional de las Culturas del Mundo (MNCM), sacó las piezas más lúdicas y evocativas de sus colecciones para invitar a sus públicos a dar una vuelta por nuestro planeta en 150 juguetes. Con esta exposición, el espacio museístico del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), órgano de la Secretaría de Cultura del Gobierno de México, inicia los festejos por su 60 aniversario.

Tras su exitosa presentación en el Centro Médico Nacional Siglo XXI, donde fue vista por más de 9,500 personas de diversas edades y regiones del país, entre diciembre de 2023 y mayo de 2024, la exhibición organizada por el INAH en alianza con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), llega al recinto ubicado en el número 13 de la calle Moneda, en el primer cuadro de la Ciudad de México.

Al inaugurar La vuelta al mundo en 150 juguetes. Desdibujando fronteras conceptuales, con la representación del director general del INAH, Diego Prieto Hernández, el secretario Técnico de la institución, José Luis Perea González, señaló la pertinencia de esta muestra, puesto que “la historia de los juegos y juguetes, es también la historia de la humanidad”.

“En el juguete están las costumbres y la vida cotidiana de los pueblos. Cómo se relacionan, cómo se come, cómo se representan los papeles de mujeres y hombres. Los objetos útiles que se crean en pequeño, son significativos más allá de lo que representan. Creencias, mitos y ritos surgen en estas expresiones con naturalidad, o como reiteración de rituales presentes o pasados, muchas veces olvidados.

“Los juguetes son hijos del mestizaje y el sincretismo cultural: sus orígenes son múltiples y merecen ser considerados en cada región de México y en el mundo, como un patrimonio cultural de la humanidad”, manifestó el antropólogo.

A su vez, la directora del MNCM, Alejandra Gómez Colorado, recordó que, durante seis décadas, este recinto ha recibido regalos de gobiernos, museos, universidades y particulares de todo el orbe, conformando una asombrosa colección que supera los 17,000 registros. Ante esta riqueza, “es posible generar exposiciones sobre un solo tema, como la que nos reúne hoy.

“Debemos sentirnos orgullosos de trabajar en un museo que abre sus puertas a otras sensibilidades y formas de habitar el planeta. Hoy más que nunca, es necesario abrirnos a esa diferencia y entenderla. Esta muestra nos hará recordar y entender que todas las infancias del mundo juegan, sueñan e imaginan”.

La vuelta al mundo en 150 juguetes, “es una magnífica oportunidad para apreciar múltiples manifestaciones de la creatividad, la diversión y la belleza”, reiteró el jefe del área de Exposiciones del IMSS, José Antonio Espinosa López.

Acerca de los contenidos de la exhibición, su curador, el investigador del MNCM, Hamlet Antonio García Zúñiga, hizo hincapié en el subtítulo de la misma, ‘Desdibujando fronteras conceptuales’, en virtud de que “un juguete puede, al mismo tiempo, traer grandes enseñanzas, prepararnos para la convivencia social, servir de adorno, representar un reto intelectual, satisfacer una forma de vida y hacernos partícipes de rituales.

“La idea es que los públicos contrasten los tamaños, texturas y materiales –podrán ver hoja de maíz, madera, tela, barro–, usados en cada latitud. Piensen en el juguete en su sentido primario: socializar; en el secundario: aprender, y un tercero, muy actual, que es coleccionar”.

La preparación de este montaje, dijo, le condujo a seleccionar centenar y medio de piezas, de entre las cerca de 700 que están catalogadas como juguetes en los acervos del museo. Las que componen esta muestra proceden de América del Norte y Centroamérica, Europa, Rusia, China, India, Japón, Indonesia, Papúa Nueva Guinea, países de África Occidental y de la península arábiga.

El público verá los muñecos kokeshi, de Japón, los cuales, posiblemente, sirvieron de inspiración para crear las matrioshkas rusas, que también se hallan aquí; veleros de maqueta de Catar y Grecia; juegos móviles de plomo, procedentes de Alemania; figuras zoomorfas inuit (esquimales) talladas en piedra; juegos de cocina y títeres de guante de la República Checa; un Al-Sig, juego tradicional de la República Árabe Saharaui, y juguetes mexicanos como la pirinola, el balero y el yoyo, entre otros.

La vuelta al mundo en 150 juguetes. Desdibujando fronteras conceptuales, permanecerá hasta octubre en el Museo Nacional de las Culturas del Mundo (Moneda 13, Centro Histórico de la Ciudad de México), de martes a domingo, entre las 10:00 y las 18:00 horas. Entrada libre.

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Emite Comisión de Hacienda y Crédito Público opinión afirmativa sobre el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030

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Por 25 votos a favor, diez en contra y cero abstenciones, la Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó su opinión en sentido positivo sobre el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030.

Señala que el Plan cumple a cabalidad con lo establecido en la Constitución Política respecto de los temas hacendarios del país al establecer una política fiscal con acento social, a efecto de mantener una recaudación justa, transparente, proporcional y equitativa, con destino en todo momento al gasto público, evitando el incremento de impuestos o la creación de nuevas cargas fiscales para la ciudadanía.

Entre los objetivos y estrategias destacan: asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público

Asimismo, optimizar la distribución de los recursos públicos, mediante una política de gasto eficiente, equitativa y sustentable, asegurando que el presupuesto se ejecute con eficacia para mejorar el bienestar de la población, así como mantener la austeridad republicana en el sector público, garantizando la eficiencia sin afectar la calidad ni la seguridad de los servicios.

También, fortalecer la simplificación fiscal para incentivar el pago voluntario y oportuno, y reforzar la fiscalización contra la evasión y el contrabando, asegurando una recaudación justa, equitativa y solidaria, al tiempo de asegurar el acceso a la justicia fiscal federal para todas las personas contribuyentes, con énfasis en la protección de grupos y personas en situación de vulnerabilidad.

Intervención de diputadas y diputados

El diputado Carlos Hernández Mirón (Morena) comentó que el Plan es el eje fundamental de la política pública a nivel federal, garantiza los derechos sociales y la participación del pueblo de México en el tema recaudatorio. “10 millones salieron de la pobreza, somos una nación con mayor empleo y la presidenta ha mostrado que se defiende a la industria y empresa que está en el país”.

Del mismo grupo parlamentario, el diputado Carol Antonio Altamirano anunció que votaría a favor, porque el Plan cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Planeación, donde se señala que debe contar con ejes establecidos, así como incluir indicadores que permitan conocer si fueron alcanzados. Además, dijo, coincidimos con el rumbo que se propone para México, ya que integra los cien compromisos de campaña para beneficiar a las y los mexicanos.

Por su parte, el diputado del PAN, Federico Döring Casar, afirmó que su grupo parlamentario no otorga “cheques en blanco”, y no convalida propaganda política que no lleva a ningún puerto. Dijo que en el documento, que consta de 216 páginas, solo se le dedican cuatro para el tema que corresponde a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, una para el diagnóstico y solo se proponen dos metas.

Del PVEM, el diputado Mario Alberto López Hernández, consideró que el Plan pone especial énfasis en el aprovechamiento eficiente de los recursos con los que cuenta el Estado, garantizando una recaudación responsable equitativa y justa. “Nadie debe quedar fuera la ley, todos han de contribuir con lo que les corresponde. Este principio es fundamental para construir una nación en la que el bienestar esté garantizado sin comprometer la estabilidad de las finanzas públicas”.

El diputado Jericó Abramo Maso (PRI) señaló que el PND, más que una ruta crítica para obtener objetivos específicos es por mucho un documento con buenas intenciones que en el día a día no se reflejan. También habla de la economía moral y el trabajo; sin embargo, no es moral que se siga manteniendo a Pemex, que en los últimos seis años ha costado al erario más de 2.2 billones de pesos sin resultados positivos.

La diputada Patricia Flores Elizondo (MC) dijo que la democracia no puede construirse solo con buenas intenciones sino sobre acciones coherentes que respeten el marco constitucional y el equilibrio entre poderes del Estado. “En MC seguimos firmemente comprometidos con un proyecto de país que no solo se base en discurso sino en hechos concretos que fortalezcan nuestra democracia, justicia y Estado de derecho”.

Asuntos generales

El diputado Carol Antonio Altamirano señaló que derivado de la minuta que aprobó el Senado por la que se establecen las características de nueve diferentes monedas conmemorativas de la Copa Mundial de la FIFA 2026, sería conveniente que la secretaría técnica de la Comisión revise el documento y emita una estrategia para que en la próxima reunión se pueda aprobar.

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La Cámara de Diputados organizó foro para impulsar agendas urbanas que consideren los Objetivos de Desarrollo Sostenible

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La Cámara de Diputados, en conjunto con la Cumbre Internacional del Hábitat de América Latina y el Caribe (CIHALC), organizó el “Foro Alianzas para el Hábitat”, donde funcionarios, académicos, especialistas y representantes de la sociedad civil analizaron la importancia de impulsar agendas urbanas que contemplen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

En su mensaje de inauguración, su promotora, la diputada Claudia Rivera Vivanco (Morena), secretaria de la Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal, expuso que el foro está encaminado a identificar cómo fortalecer los diferentes objetivos fijados en una agenda internacional de los Objetivos del Desarrollo Sostenible 2030 y cómo México se compromete a alcanzar estos mecanismos desde las ciudades y municipios.

Recordó que la Cámara de Diputados ha aprobado reformas orientadas a construir e implementar obra pública; además, ha incorporado conceptos como la sustentabilidad, sostenibilidad y un enfoque humanista, para colocar en el centro de las decisiones a las personas, así como los mecanismos de cómo deben crecer las ciudades y la movilidad para que sea más asequible y sostenible.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal, Carmen Rocío González Alonso (PAN), enfatizó que la importancia del federalismo en este tema radica en que los municipios deben tener herramientas y mecanismos para fortalecer su desarrollo urbano, toda vez que “una ciudad se gobierna desde esta perspectiva, ya que integra asuntos de vivienda, agua, medio ambiente, obra pública, entre otros”.

Subrayó que casi el 74 por ciento de los municipios no tiene un Plan de Desarrollo Urbano y quienes lo tiene no está actualizado por falta de presupuesto y capacitación de quienes están en frente de este cargo.

Estimó que las ciudades deben garantizar el acceso de espacios justos, inclusivos, seguros, sostenibles, democráticos y con viviendas adecuadas.

La presidenta de la Comisión de Vivienda, diputada Maribel Martínez Ruiz (PT) expresó que es importante contar con la experiencia de funcionarios, especialistas, académicos y representantes de la sociedad civil para construir ciudades que garanticen el bienestar de la ciudadanía.

Destacó que el actual gobierno tiene proyectado construir un millón de viviendas, que de ninguna manera deben estar peleadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 impulsada por la Organización de las Naciones Unidas; ante ello, propuso que estos foros sirvan para pasar de la discusión a la acción.

A su vez, Alberto Uribe Camacho, director general de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético y coordinador del Corredor Pacífico de la Secretaría de Economía, resaltó que el problema de las ciudades fue la visión cortoplacista que se utilizó para su desarrollo, por lo que llamó a las y los legisladores a debatir a dónde se quiere llegar en esta materia.

Explicó que la Secretaría que representa ha dividido al país en diez corredores del bienestar para identificar los potenciales energéticos, naturales, parques solares, gas natural de cada región e impulsar alianzas de redes comerciales, donde la sostenibilidad sea un elemento clave.

Carlos Martínez Velázquez, especialista en Políticas Públicas para la Vivienda, refirió que la planeación urbana permite garantizar los derechos humanos, razón por la cual el derecho a la vivienda es fundamental con una concepción sustentable. Destacó que la mancha urbana creció seis veces en un periodo de diez años y la población solo creció dos veces, lo cual ocasionó el fracaso de la política de vivienda.

Bernd Pfannenstein, director ejecutivo de la Cumbre Internacional del Hábitat de América Latina y el Caribe (CIHALC) comentó que su papel es fomentar el diálogo, la cooperación y las posibles soluciones para el hábitat en la región y acompañar la implementación de las agendas globales que contemplen los Objetivos del Desarrollo Sostenible y la Nueva Agenda Urbana de las Naciones Unidas.

Subrayó que este foro permitirá construir acuerdos para que los alcaldes, que son quien están enfrente de los gobiernos en la primera línea de acción, pueden aconsejar a las y los legisladores sobre cómo modificar las leyes que permitan avanzar en la edificación del tejido social de las ciudades.

Conservatorios de funcionarios, especialistas y representantes de sociedad civil

La alcaldesa de San Andrés Cholula, Puebla, Guadalupe Cuautle Torres, expuso que su municipio cuenta con la dualidad entre lo urbano y lo rural, por lo que el crecimiento de la mancha urbana es desordenado y los servicios públicos son desiguales. Ante ello, subrayó que desde 2021 se generó un plan de desarrollo que incorpora los ODS de la Agenda 2030.

Ángel Torres Culebro, alcalde de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, explicó cómo incide la parte del hábitat en los retos urbanos que están asociados en su mayoría a la movilidad y su proyecto “Calles felices” enfocado en la pavimentación, drenaje, agua, banquetas, luminarias y pintura en fachadas para generar un ambiente de seguridad. “Las ciudades presentan grandes desafíos, son grandes oportunidades para construir hábitats sostenibles y resilientes”.

En tanto, Fernando de Jesús Margain Sada, jefe de gabinete del gobierno de Monterrey, afirmó que para enfrentar los problemas ambientales y del entorno se requiere la colaboración de todos los órdenes de gobierno e impulsar la innovación y la preparación de las y los jóvenes. Los retos son de largo plazo, dijo, y requieren soluciones alternativas con instituciones y organismos públicos de participación ciudadana.

Juan Luis Hernández Avendaño, rector de la Universidad Iberoamericana, planteó que la migración en México ha impulsado una sociedad multicultural, por lo que temas como el abastecimiento de agua y las metrópolis deben contar con un marco jurídico específico.

Por su parte, Mariana Flores García, directora del Instituto Nacional de Arquitectura y Urbanismo, dijo que las agendas nacionales son orientadoras para que los municipios puedan generar mecanismos de atención a las problemáticas que se están generando de manera inmediata y es ahí donde los sectores pueden fortalecerse a nivel local a través de los observatorios, de la academia y los gremios.

Juan Homero Hernández Tena, de la Asociación de Instituciones de la Enseñanza de la Arquitectura en la República Mexicana, indicó que es necesario hacer que las ciudades crezcan de una manera en donde la calidad de vida no se siga viendo afectada como pasó en las últimas décadas.

Carlos Jesús Gómez Flores, vicepresidente institucional del Foro Latinoamericano de Ciencias Ambientales de Argentina, propuso generar conciencia sobre el territorio, el paisaje y la cultura e impulsar procesos de participación ciudadana e inteligencia colectiva. Propuso que las legislaturas y la sociedad en general logren una gobernanza que arribe a proyectos concretos de cuidado y protección del patrimonio integral.

En su oportunidad, Magdalena García Hernández, coordinadora de la Red de Mujeres por el Hábitat, comentó que en la legislación debe hacerse un marco jurídico que permita esta relación local global y reconocer la autonomía del municipio libre, garantizando su acceso a recursos crecientes a través de una mayor participación en el presupuesto federal.

Leir Daban Hurtós, delegado de Catalunya en México y Centroamérica, indicó que desde los gobiernos regionales se pueden hacer grandes acciones. “La política debe ir directo a los ciudadanos e involucrarlos”.

Durante los conversatorios, se analizaron los desafíos para garantizar una distribución equitativa de los recursos y servicios urbanos, la retribución social participativa y técnica, el desarrollo sostenible y una gestión descentralizada, congruente con las necesidades sociales.

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Realizan en San Lázaro clases de Activación Física y de Defensa Personal, en la Semana Nacional de la Cultura Física y Deporte

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La Comisión de Deporte, que preside la diputada Paola Longoria López (MC), organizó en San Lázaro una Master Class de Activación Física y una Clase de Defensa Personal para Mujeres, en el marco de la Semana Nacional de la Cultura Física y Deporte.

Al concluir la clase de Activación Física, la diputada Longoria López aseguró que desde la Comisión continuarán trabajando en promover el deporte, con el objetivo de mejorar la salud y el tejido social.

“El deporte es para todos, no sólo es alto rendimiento, es poder hacer actividad física, el poder sentirnos bien, que nuestro cuerpo también nos agradezca y que esto se vuelva un hábito saludable”, expresó.

Por otro lado, agradeció al director General de Recursos Humanos de la Cámara de Diputados, Joaquín Moctezuma Andrade, y al encargado de la Secretaría de Acción Deportiva del Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Diputados, Arnulfo Bailón Guzmán, así como al entrenador Miguel Aquino quien encabezó esta clase.

Posteriormente, durante la clase de Defensa Personal, acudieron como instructores de esta clase, los excampeones mundiales de boxeo Juan «Churritos» Hernández e Isaac “Tortas” Bustos, quienes mostraron combinaciones y movimientos a las y los asistentes.

Además, anunciaron que el próximo domingo 6 de abril a las 9:00 horas, se llevará a cabo de manera simultánea en todas las plazas públicas del país la Clase Nacional de Boxeo.

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Publica DOF decreto con reformas que regulan las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad

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El Diario Oficial de la Federación publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual entra en vigor mañana viernes 4 de abril.

El pasado 19 de febrero, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta respectiva sobre controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.

El documento, producto de una iniciativa de la presidenta de la República, se devolvió al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

Prevé su actualización con la reforma constitucional al Poder Judicial, incorpora un lenguaje inclusivo al establecer términos lingüísticos que permiten describir el cargo y no atribuirlo al género de la persona en particular. Establece a la Unidad de Medida de Actualización en sustitución de los días de salario para determinar la cuantía de las obligaciones de pago de los supuestos previstos en las leyes federales.

Determina que las resoluciones también podrán ser notificadas por medios electrónicos a las partes que así lo autoricen, contempla el uso de la Firma Electrónica y considera la defensa de grupos en situación de vulnerabilidad.

Hace mención que, “tratándose de controversias constitucionales planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”. Indica que “las controversias constitucionales son improcedentes cuando tengan por objeto controvertir adiciones o reformas a la Constitución Política”.

También, subraya que, “tratándose de acciones de inconstitucionalidad planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”.

En los artículos transitorios, se precisa que hasta en tanto las ministras y ministros electos tomen protesta de su encargo ante el Senado de la República el 1 de septiembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia se regirá por las reglas de votación contenidas en la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política vigente con anterioridad a la publicación de este decreto.

Lo anterior, a efecto de que las resoluciones de la Corte solo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas si fueren aprobadas por cuando menos ocho votos. Si no se aprobaran por la mayoría indicada, el Tribunal Pleno desestimará la acción ejercitada y ordenará el archivo del asunto.

Además, las razones que justifiquen las decisiones de las sentencias aprobadas por cuando menos ocho votos, serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas. Las cuestiones de hecho o derecho que no sean necesarias para justificar la decisión no serán obligatorias.

Indica que siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de las entidades federativas, de los municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por la Federación; de los municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por las entidades federativas, o en los casos a que se refieren los incisos c), h), k) y l) de la fracción I del artículo 105 constitucional, y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos.

En consecuencia, el decreto publicado hoy en el DOF, es el siguiente:

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo Único.- Se reforman los artículos 4o., párrafos primero y segundo; 5o.; 6o., párrafo segundo; 7o.; 8o.; 9o.; 9o. Bis, párrafo primero, las fracciones I y IV, y párrafo tercero; 10, fracciones III y IV; 11; 13; 14; 15; 17; 19, fracción VIII; 22, fracción I; 24; 25; 26, párrafo primero; 28; 29; 31; 32, párrafos segundo y tercero; 33; 35; 36; 37; 42, párrafo primero; 43, párrafo primero; 44; 46; 47, párrafos primero y segundo; 48; 49, párrafo primero; 51, fracciones III, IV, V y VI; 53; 54; 56, fracciones I y II; 57; 58, párrafo primero y fracción II; 61, fracción I; 62, párrafos primero y segundo; 63; 64, párrafos primero y tercero; 65; 66; 67, párrafo primero; 68; 69, párrafo primero; 70, párrafo primero y, 72, párrafo primero; y se adiciona una fracción VIII Bis al artículo 19, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

ARTICULO 4o. Las resoluciones deberán notificarse al día siguiente al en que se hubiesen pronunciado, mediante publicación en lista y por oficio entregado en el domicilio de las partes, por conducto del actuario o actuaria o mediante correo en pieza certificada con acuse de recibo. Las resoluciones también podrán ser notificadas por medios electrónicos a las partes que así lo autoricen. Asimismo, podrá ordenarse que la notificación se haga por vía telegráfica.

Las notificaciones a la persona titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos se entenderán con la persona secretaria de estado o jefa de departamento administrativo a quienes corresponda el asunto, o con la persona titular de la Consejería Jurídica del Gobierno, considerando las competencias establecidas en la ley.

ARTICULO 5o. Las partes estarán obligadas a recibir los oficios de notificación que se les dirijan a sus oficinas, domicilio o lugar en que se encuentren. En caso de que las notificaciones se hagan por conducto de actuario o actuaria, se hará constar el nombre de la persona con quien se entienda la diligencia y si se negare a firmar el acta o a recibir el oficio, la notificación se tendrá por legalmente hecha.

ARTICULO 6o. …

Las notificaciones que no fueren hechas en la forma establecida en este Título serán nulas. Declarada la nulidad se impondrá multa de dos a veintitrés Unidades de Medida y Actualización a la persona responsable, quien en caso de reincidencia será destituida de su cargo.

ARTICULO 7o. Las demandas o promociones de término podrán presentarse fuera del horario de labores, ante la persona titular de la Secretaría General de Acuerdos o ante la persona designada por ésta.

ARTICULO 8o. Cuando las partes radiquen fuera del lugar de residencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las promociones se tendrán por presentadas en tiempo si los escritos u oficios relativos se depositan dentro de los plazos legales, en las oficinas de correos, mediante pieza certificada con acuse de recibo, se envían desde la oficina de telégrafos que corresponda, o se envíen por medios electrónicos haciendo uso de la Firma Electrónica. En estos casos se entenderá que las promociones se presentan en la fecha en que las mismas se depositan en la oficina de correos o se envían desde la oficina de telégrafos o a través de medios electrónicos que registren la fecha y hora de envío, según sea el caso.

ARTICULO 9o. Las multas previstas en esta ley se impondrán en términos del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de realizarse la conducta sancionada.

ARTICULO 9o Bis. De manera excepcional, y sólo cuando exista urgencia atendiendo al interés social o al orden público, las Cámaras del Congreso de la Unión, a través de sus presidentes o presidentas, o el Ejecutivo Federal, por conducto de su Consejera o Consejero Jurídico, podrán solicitar a la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad sean substanciadas y resueltas de manera prioritaria, sin modificar de ningún modo los plazos previstos en la ley.

I. Se trate de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad promovidas para la defensa de grupos en situación de vulnerabilidad en los términos de la ley.

II. y III. …

IV. En aquellos casos que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estime procedentes.

Recibida la solicitud, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la someterá a consideración del Pleno, que resolverá de forma definitiva por mayoría simple. La resolución incluirá las providencias que resulten necesarias.

ARTICULO 10. …

I. y II. …

III. Como tercero o terceros interesados, las entidades, poderes u órganos a que se refiere la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que sin tener el carácter de actores o demandados, pudieran resultar afectados por la sentencia que llegare a dictarse, y

IV. La persona titular de la Fiscalía General de la República.

ARTICULO 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de las personas funcionarias que, en términos de las normas que les rigen, estén facultadas para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.

En las controversias constitucionales no se admitirá ninguna forma diversa de representación a la prevista en el párrafo anterior; sin embargo, por medio de oficio podrán acreditarse personas delegadas para que hagan promociones, concurran a las audiencias y en ellas rindan pruebas, formulen alegatos y promuevan los incidentes y recursos previstos en esta ley.

La persona titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos será representado o representada por el secretario o secretaria de estado, por el jefe o jefa del departamento administrativo o por el Consejero o la Consejera Jurídica del Gobierno, conforme lo determine el propio Presidente o Presidenta, y considerando para tales efectos las competencias establecidas en la ley. El acreditamiento de la personalidad de estas personas servidoras públicas y su suplencia se harán en los términos previstos en las leyes o reglamentos interiores que correspondan.

ARTICULO 13. Los incidentes de especial pronunciamiento podrán promoverse por las partes ante la ministra o el ministro instructor antes de que se dicte sentencia.

Tratándose del incidente de reposición de autos, la ministra o el ministro instructor ordenará certificar la existencia anterior y la falta posterior del expediente, quedando facultada o facultado para llevar a cabo aquellas investigaciones que no sean contrarias a derecho.

Los incidentes se sustanciarán en una audiencia en la que la ministra o el ministro instructor recibirá las pruebas y los alegatos de las partes y dictará la resolución que corresponda.

ARTICULO 14. Tratándose de las controversias constitucionales, la ministra o el ministro instructor, de oficio o a petición de parte, podrá conceder la suspensión del acto que las motivare, hasta antes de que se dicte la sentencia definitiva. La suspensión se concederá con base en los elementos que sean proporcionados por las partes o recabados por la ministra o el ministro instructor en términos del artículo 35, en aquello que resulte aplicable.

Tratándose de controversias constitucionales planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada.

ARTICULO 15. La suspensión no podrá concederse en los casos en que se pongan en peligro la seguridad o economía nacionales, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano o pueda afectarse gravemente a la sociedad en una proporción mayor a los beneficios que con ella pudiera obtener la parte solicitante.

ARTICULO 17. Hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva, la ministra o el ministro instructor podrá modificar o revocar el auto de suspensión que hubiera dictado, siempre que ocurra un hecho superveniente que lo fundamente.

Si la suspensión hubiere sido concedida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el recurso de reclamación previsto en el artículo 51, la ministra o el ministro instructor someterá a la consideración del propio Pleno los hechos supervenientes que fundamenten la modificación o revocación de la misma, a efecto de que éste resuelva lo conducente.

ARTICULO 19. …

I. a VII. …

VIII. Cuando de la demanda se advierta que no se hacen valer violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

VIII Bis. Cuando tengan por objeto controvertir adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y

IX. …

ARTICULO 22. …

I. La entidad, poder u órgano actor, su domicilio y el nombre y cargo de la persona funcionaria que los represente;

II. a VII. …

ARTICULO 24. Recibida la demanda, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación designará, según el turno que corresponda, a una ministra o a un ministro instructor a fin de que ponga el proceso en estado de resolución.

ARTICULO 25. El ministro instructor o la ministra instructora examinará ante todo el escrito de demanda, y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano.

ARTICULO 26. Admitida la demanda, el ministro instructor o la ministra instructora ordenará emplazar a la parte demandada para que dentro del término de treinta días produzca su contestación, y dará vista a las demás partes para que dentro del mismo plazo manifiesten lo que a su derecho convenga.

ARTICULO 28. Si los escritos de demanda, contestación, reconvención o ampliación fueren obscuros o irregulares, la ministra o el ministro instructor prevendrá a las o los promoventes para que subsanen las irregularidades dentro del plazo de cinco días.

De no subsanarse las irregularidades requeridas, y si a juicio de la ministra o del ministro instructor la importancia y trascendencia del asunto lo amerita, correrá traslado a la persona titular de la Fiscalía General de la República por cinco días, y con vista en su pedimento si lo hiciere, admitirá o desechará la demanda dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes.

ARTICULO 29. Habiendo transcurrido el plazo para contestar la demanda y, en su caso, su ampliación o la reconvención, la ministra o el ministro instructor señalará fecha para una audiencia de ofrecimiento y desahogo de pruebas que deberá verificarse dentro de los treinta días siguientes. El ministro instructor o la ministra instructora podrá ampliar el término de celebración de la audiencia, cuando la importancia y trascendencia del asunto así lo amerite.

ARTICULO 31. Las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas, excepto la de posiciones y aquellas que sean contrarias a derecho. En cualquier caso, corresponderá a la ministra o al ministro instructor desechar de plano aquellas pruebas que no guarden relación con la controversia o no influyan en la sentencia definitiva.

ARTICULO 32. …

Las pruebas testimonial, pericial y de inspección ocular deberán anunciarse diez días antes de la fecha de la audiencia, sin contar esta última ni la de ofrecimiento, exhibiendo copia de los interrogatorios para las o los testigos y el cuestionario para las personas peritas, a fin de que las partes puedan repreguntar en la audiencia. En ningún caso se admitirán más de tres testigos por cada hecho.

Al promoverse la prueba pericial, el ministro instructor o la ministra instructora designará a la o las personas peritas que estime convenientes para la práctica de la diligencia. Cada una de las partes podrá designar también a una persona perita para que se asocie a la nombrada por la ministra o el ministro instructor o rinda su dictamen por separado. Las personas peritas no son recusables, pero la nombrada por la ministra o el ministro instructor deberá excusarse de conocer cuando en ella ocurra alguno de los impedimentos a que se refiere la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

ARTICULO 33. A fin de que las partes puedan rendir sus pruebas, todas las autoridades tienen obligación de expedirles oportunamente las copias o documentos que soliciten y, en caso contrario, pedirán a la ministra o al ministro instructor que requiera a los omisos. Si a pesar del requerimiento no se expidieren las copias o documentos, la ministra o el ministro instructor, a petición de parte, hará uso de los medios de apremio y denunciará a la autoridad omisa por desobediencia a su mandato.

ARTICULO 35. En todo tiempo, la ministra o el ministro instructor podrá decretar pruebas para mejor proveer, fijando al efecto fecha para su desahogo. Asimismo, el propio ministro o ministra podrá requerir a las partes para que proporcionen los informes o aclaraciones que estime necesarios para la mejor resolución del asunto.

ARTICULO 36. Una vez concluida la audiencia, la ministra o el ministro instructor someterá a la consideración del Tribunal Pleno el proyecto de resolución respectivo en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

ARTICULO 37. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de alguno o alguna de sus integrantes podrá, mediante acuerdos generales, acordar el aplazamiento de la resolución de los juicios de amparo radicados en ella, hasta en tanto se resuelva una controversia constitucional siempre que las normas impugnadas en unos y otra fueren las mismas. En este supuesto, no correrá el término de caducidad previsto en el artículo 74, fracción V de la Ley de Amparo.

ARTICULO 42. Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de las entidades federativas, de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por la Federación; de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por las entidades federativas, o en los casos a que se refieren los incisos c), h), k) y l) de la fracción I del artículo 105 constitucional, y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos seis votos.

ARTICULO 43. Las razones que justifiquen las decisiones de las sentencias aprobadas por cuando menos seis votos, serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la federación y de las entidades federativas. Las cuestiones de hecho o de derecho que no sean necesarias para justificar la decisión no serán obligatorias.

ARTICULO 44. Dictada la sentencia, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenará notificarla a las partes, y mandará publicarla de manera íntegra en el Semanario Judicial de la Federación, conjuntamente con los votos particulares que se formulen.

Cuando en la sentencia se declare la invalidez de normas generales, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenará, además, su inserción en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano oficial en que tales normas se hubieren publicado.

ARTICULO 46. Las partes condenadas informarán, en el plazo otorgado por la sentencia, del cumplimiento de la misma a la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien resolverá si aquélla ha quedado debidamente cumplida.

Una vez transcurrido el plazo fijado en la sentencia para el cumplimiento de alguna actuación sin que ésta se hubiere producido, las partes podrán solicitar a la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que requiera a la obligada para que de inmediato informe sobre su cumplimiento. Si dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de dicho requerimiento la ejecutoria no estuviere cumplida, cuando la naturaleza del acto así lo permita, no se encontrase en vía de ejecución o se tratare de eludir su cumplimiento, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación turnará el asunto al ministro o ministra ponente para que someta al Pleno el proyecto por el cual se aplique el antepenúltimo párrafo del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 47. Cuando cualquier autoridad aplique una norma general o acto declarado inválido, cualquiera de las partes podrá denunciar el hecho ante la persona titular de Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien dará vista a la autoridad señalada como responsable, para que en el plazo de quince días deje sin efectos el acto que se le reclame, o para que alegue lo que conforme a derecho corresponda.

Si en los casos previstos anteriormente, las autoridades no dejan sin efectos los actos de que se trate, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación turnará el asunto al ministro o ministra Ponente para que a la vista de los alegatos, si los hubiere, someta al Tribunal Pleno la resolución respectiva a esta cuestión. Si el Pleno declara que efectivamente hay una repetición o aplicación indebida de una norma general o acto declarado inválido, mandará que se cumpla con lo dispuesto por el antepenúltimo párrafo del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 48. Lo dispuesto en el artículo anterior se entenderá sin perjuicio de que la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación haga cumplir la ejecutoria de que se trate, dictando las providencias que estime necesarias.

ARTICULO 49. Cuando en términos de los artículos 46 y 47, la Suprema Corte de Justicia de la Nación hiciere una consignación por incumplimiento de ejecutoria o por repetición del acto invalidado, los jueces y juezas de distrito se limitarán a sancionar los hechos materia de la consignación en los términos que prevea la legislación penal federal para el delito de abuso de autoridad.

ARTICULO 51. …

I. y II. …

III. Contra las resoluciones dictadas por la ministra o el ministro instructor al resolver cualquiera de los incidentes previstos en el artículo 12;

IV. Contra los autos de la ministra o del ministro instructor en que se otorgue, niegue, modifique o revoque la suspensión;

V. Contra los autos o resoluciones de la ministra o del ministro instructor que admitan o desechen pruebas;

VI. Contra los autos o resoluciones de la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que tengan por cumplimentadas las ejecutorias dictadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y

VII. …

ARTICULO 53. El recurso de reclamación se promoverá ante la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien correrá traslado a las demás partes para que dentro del plazo de cinco días aleguen lo que a su derecho convenga. Transcurrido este último plazo, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación turnará los autos a una ministra o un ministro distinto del instructor o instructora, a fin de que elabore el proyecto de resolución que deba someterse al Tribunal Pleno.

ARTICULO 54. Cuando el recurso de reclamación se interponga sin motivo, se impondrá al o la recurrente o a su representante, a su persona abogada, o a ambos, una multa de veintitrés a doscientos setenta y cinco Unidades de Medida y Actualización.

ARTICULO 56. …

I. En los casos de la fracción I del artículo 55, ante la ministra o el ministro instructor hasta en tanto se falle la controversia en lo principal, y

II. Tratándose de la fracción II del propio artículo 55, ante la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dentro del año siguiente al de la notificación a la parte interesada de los actos por los que se haya dado cumplimiento a la sentencia, o al en que la entidad o poder extraño afectado por la ejecución tenga conocimiento de esta última.

ARTICULO 57. Admitido el recurso se requerirá a la autoridad contra la cual se hubiere interpuesto para que dentro de un plazo de quince días deje sin efectos la norma general o acto que diere lugar al recurso o, para que rinda un informe y ofrezca pruebas. La falta o deficiencia de este informe establecerá la presunción de ser ciertos los hechos imputados, sin perjuicio de que se le imponga una multa de veintitrés a cuatrocientos doce Unidades de Medida y Actualización.

Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior y siempre que subsista la materia del recurso, en el supuesto de la fracción I del artículo precedente, la ministra o el ministro instructor fijará fecha para la celebración de una audiencia dentro de los diez días siguientes a fin de que se desahoguen las pruebas y se formulen por escrito los alegatos; para el caso de la fracción II, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, turnará el expediente a una ministra o un ministro instructor para los mismos efectos.

ARTICULO 58. La ministra o el ministro instructor elaborará el proyecto de resolución respectivo y lo someterá al Tribunal Pleno, quien de encontrarlo fundado, sin perjuicio de proveer lo necesario para el cumplimiento debido de la suspensión o para la ejecución de que se trate, determinará en la propia resolución lo siguiente:

I. …

II. En el caso a que se refiere la fracción II del artículo 55, que se aplique lo dispuesto en el antepenúltimo párrafo del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 61. …

I. Los nombres y firmas de las y los promoventes;

II. a V. …

ARTICULO 62. En los casos previstos en los incisos a), b) y d) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la demanda en que se ejercite la acción deberá estar firmada por cuando menos el treinta y tres por ciento de los y las integrantes de los correspondientes órganos legislativos.

La parte demandante, en la instancia inicial, deberá designar como representantes comunes a cuando menos dos de sus integrantes, quienes actuarán conjunta o separadamente durante todo el procedimiento y aun después de concluido éste. Si no se designaren representantes comunes, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo hará de oficio. Los representantes comunes podrán acreditar personas delegadas para que hagan promociones, concurran a las audiencias y en ellas rindan pruebas y formulen alegatos, así como para que promuevan los incidentes y recursos previstos en esta ley.

ARTICULO 63. La persona titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos será representado o representada en las acciones de inconstitucionalidad en términos del tercer párrafo del artículo 11 de esta ley.

ARTICULO 64. Iniciado el procedimiento, conforme al artículo 24, si el escrito en que se ejercita la acción fuere obscuro o irregular, la ministra o el ministro instructor prevendrá al demandante o a sus representantes comunes para que hagan las aclaraciones que correspondan dentro del plazo de cinco días. Una vez transcurrido este plazo, dicho ministro o ministra dará vista a los órganos legislativos que hubieren emitido la norma y el órgano ejecutivo que la hubiere promulgado, para que dentro del plazo de quince días rindan un informe que contenga las razones y fundamentos tendientes a sostener la validez de la norma general impugnada o la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad. Tratándose del Congreso de la Unión, cada una de las Cámaras rendirá por separado el informe previsto en este artículo.

Tratándose de acciones de inconstitucionalidad planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada.

ARTICULO 65. En las acciones de inconstitucionalidad, la ministra o el ministro instructor de acuerdo con el artículo 25, podrá aplicar las causales de improcedencia establecidas en el artículo 19 de esta ley, con excepción de su fracción II respecto de leyes electorales, así como las causales de sobreseimiento a que se refieren las fracciones II y III del artículo 20.

Las causales previstas en las fracciones III y IV del artículo 19 sólo podrán aplicarse cuando los supuestos contemplados en éstas se presenten respecto de otra acción de inconstitucionalidad.

ARTICULO 66. Salvo en los casos en que la persona titular de la Fiscalía General de la República hubiere ejercitado la acción, la ministra o el ministro instructor le dará vista con el escrito y con los informes a que se refiere el artículo anterior, a efecto de que, hasta antes de la citación para sentencia, formule el pedimento que corresponda.

ARTICULO 67. Después de presentados los informes previstos en el artículo 64 o habiendo transcurrido el plazo para ello, la ministra o el ministro instructor pondrá los autos a la vista de las partes a fin de que dentro del plazo de cinco días formulen alegatos.

ARTICULO 68. Hasta antes de dictarse sentencia, la ministra o el ministro instructor podrá solicitar a las partes o a quien juzgue conveniente, todos aquellos elementos que a su juicio resulten necesarios para la mejor solución del asunto.

Cuando la acción de inconstitucionalidad se interponga en contra de una ley electoral, la ministra o el ministro instructor podrá solicitar opinión a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Agotado el procedimiento, la ministra o el ministro instructor propondrá al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el proyecto de sentencia para la resolución definitiva del asunto planteado.

En los casos de materia electoral, el proyecto de sentencia a que se refiere el párrafo anterior deberá ser sometido al Pleno dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se haya agotado el procedimiento, debiéndose dictar el fallo por el Pleno a más tardar en un plazo de cinco días, contados a partir de que la ministra o el ministro instructor haya presentado su proyecto.

ARTICULO 69. La persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de oficio o a petición de parte, podrá decretar la acumulación de dos o más acciones de inconstitucionalidad siempre que en ellas se impugne la misma norma.

ARTICULO 70. El recurso de reclamación previsto en el artículo 51 únicamente procederá en contra de los autos de la ministra o del ministro instructor que decreten la improcedencia o el sobreseimiento de la acción.

ARTICULO 72. Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia sólo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas, si fueren aprobadas por cuando menos seis votos. Si no se aprobaran por la mayoría indicada, el Tribunal Pleno desestimará la acción ejercitada y ordenará el archivo del asunto.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Hasta en tanto las Ministras y Ministros electos tomen protesta de su encargo ante el Senado de la República el 1o. de septiembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se regirá por las reglas de votación contenidas en la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente con anterioridad a la publicación de este Decreto. Lo anterior, a efecto de que:

I. Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sólo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas si fueren aprobadas por cuando menos ocho votos. Si no se aprobaran por la mayoría indicada, el Tribunal Pleno desestimará la acción ejercitada y ordenará el archivo del asunto.

II. Las razones que justifiquen las decisiones de las sentencias aprobadas por cuando menos ocho votos, serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas. Las cuestiones de hecho o derecho que no sean necesarias para justificar la decisión no serán obligatorias.

III. Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de las entidades federativas, de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por la Federación; de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por las entidades federativas, o en los casos a que se refieren los incisos c), h), k) y l) de la fracción I del artículo 105 constitucional, y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos.

Tercero. Lo previsto en el transitorio anterior será aplicable en la resolución de todos los asuntos que se encuentren admitidos o pendientes de resolución al momento de la entrada en vigor del presente Decreto, independientemente de la etapa en la que se encuentren dichos asuntos; así como para los que se admitan con posterioridad, y previo a la toma de protesta referida en el artículo anterior.

Ciudad de México, a 25 de febrero de 2025.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Presidente.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Dip. José Luis Montalvo Luna, Secretario.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas.»

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 2 de abril de 2025.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica.

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Legisladoras y legisladores, alcaldes y funcionarios analizan en San Lázaro derechos de niñas, niños y adolescentes

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En el Palacio Legislativo de San Lázaro, diputadas, diputado, senadora, alcaldes y funcionarios federales y locales, destacaron la importancia de garantizar el interés superior de la niñez, y darles atención integral y prioritaria a niñas, niños y adolescentes.

Infancia y adolescencia deben estar en el centro de las decisiones

En el marco de la asamblea de la RMCAN, denominada “Infancia Protegida: Futuro Seguro” y en su calidad de convocante, la diputada Liliana Ortiz Pérez (PAN) recordó que para trabajar por la infancia no es necesario un color sino tomarse de la mano, y entender que la prioridad es tener ciudades amigas de la niñez y poner al centro a niñas y niños.

Dijo que la infancia y la adolescencia deben estar en el centro de las decisiones políticas, presupuestales y legislativas, y eso solo será posible si se mantiene el trabajo conjunto entre municipios, legisladores, sociedad civil, y si se escucha a niñas, niños y adolescentes. “El reto más grande es trabajar con ellos para que juntos logremos lo que se necesita. Invertir en la niñez es garantizar un futuro seguro y próspero para todas y todos”.

Alcaldes y alcaldesas –añadió– tienen la gran posibilidad de tener y construir una ciudad amiga no solo de la niñez sino de todas y de todos. Hay, dijo, la necesidad de políticas públicas integrales diseñadas desde lo local, pero con una visión nacional e incluso internacional, ha guiado a esta Red y ha incrementado el impacto de las acciones en todo el país.

La también secretaria de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia celebró que, hoy al recibir en la Cámara de Diputados a esta Red, se refrenda el compromiso para seguir trabajando por una agenda municipalista centrada en la niñez, “porque sabemos que cuando se protege a la infancia, se protege el presente y el futuro de nuestras comunidades; esta asamblea es un llamado a la acción”.

A su vez, la diputada Kenia López Rabadán (PAN), vicepresidenta de la Mesa Directiva, afirmó que la niñez debe ser una prioridad en todos los gobiernos y qué mejor que sea desde el municipio que está cercano a las familias, por lo que se aplaude que las y los presidentes municipales compartan sus experiencias exitosas, dado que representan que el servicio público está a favor de las y los mexicanos.

Se congratuló porque algunos presidentes municipales prioricen a las y los niños. “Es obvio que necesitamos despolitizarlo, porque más allá de los colores, partidos y de la ideológica, este sector de la población necesita un servidor público que trabaje para ellos”.

Presidentas de comisiones del Congreso

La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, diputada Elizabeth Martínez Álvarez (PAN), afirmó que la infancia no puede esperar, las políticas públicas deben poner al centro a la niñez y a la adolescencia como el cimiento del futuro que están obligadas y obligados a construir con responsabilidad.

Sostuvo que niñas y niños tienen derechos que no se negocian, como son a vivir sin violencia, acceso a salud, educación, juego, identidad y participación, pero, sobre todo, a crecer en un entorno de justicia, empatía y amor. “Ningún esfuerzo será suficientes si no hay coordinación entre los tres niveles de gobierno. Necesitamos sinergias reales, presupuestos con perspectiva de niñez y voluntad política que trascienda los periodos legislativos”.

La titular de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia del Senado, Laura Esquivel Torres (PAN), consideró que las y los alcaldes sí tienen la oportunidad de cambiarle la vida a las familias, y las y los legisladores reforman y crean leyes, lo cual es trascendental para el país, “pero no siempre conocemos a las personas que les benefició o no”.

Advirtió que si cada quien no trabaja por una causa y desde el lugar en que estén, las situaciones no cambiarán; por ello, es gratificante este encuentro. “Trabajar por la niñez es una causa noble y eso no quiere decir que no haya deudas pendientes con las y los niños; ellos no votan, por lo que no es una causa de colores sino es una causa del corazón”.

Diputadas y diputado

La diputada Paloma Domínguez Ugarte (PRI) expresó que el país enfrenta desafíos en materia de derechos de la infancia, como son pobreza, violencia, explotación y falta de oportunidades, de ahí que se deben garantizar sus derechos y las políticas públicas tienen que construirse con la participación de todos los sectores de la sociedad.

Recordó que se han impulsado iniciativas para fortalecer los sistemas de protección de la niñez, garantizar el acceso a la educación de calidad, erradicar el trabajo infantil y mejorar la atención a la salud mental, pero aún queda mucho por hacer. “Estos espacios abonan a seguir legislado y trabajando con perspectiva de infancia y construir ciudades amigables y llenas de oportunidades para niñas y niños”.

Por su parte, la diputada Patricia Flores Elizondo (MC) comentó que uno de los pilares de desarrollo para la sociedad es y será siempre la protección y el bienestar de la infancia, por lo que invertir en el presente de las niñas y los niños es apostar por un futuro más justo, equitativo y para todos.

Mencionó que niñas y niños no solo son el futuro sino el presente y es responsabilidad de todas y todos que crezcan en un entorno seguro, saludable y lleno de oportunidades. “Por ello, seguiremos priorizando políticas públicas que garanticen a los menores de edad un acceso a la educación de calidad, salud, protección por violencia y discriminación”.

El coordinador del grupo parlamentario del PAN, diputado José Elías Lixa Abimerhi, comentó que en el país más de 15 millones de niñas, niños y adolescentes no tienen acceso a servicios de salud, y más del 40 por ciento no tienen garantía de ningún tipo del Estado mexicano ni de ningún gobierno para que puedan ser atendidos.

Indicó que en los últimos años casos como la escasez de tratamientos contra el cáncer pusieron en evidencia que se tiene un fallo estructural. “No se puede hablar de justicia si se ignora lo que más duele, y el reto del Estado de derecho es ser justo con las niñas, niños y adolescentes y garantizar sus derechos”.

Funcionarios y especialista

Catalina Gómez, jefa de Política Social de UNICEF México, mencionó que en el país niñas, niños y adolescentes siguen siendo uno de los grupos más vulnerables, pues alrededor del 45 por ciento está en condiciones de pobreza y con múltiples carencias sociales, de salud y educación. Las ciudades amigables son importantes para asegurarles bienestar y pidió no descuidar una inversión pública sostenida y suficiente para la adolescencia e infancia.

Aurora Aguilar Rodríguez, coordinadora de Vinculación con el Poder Legislativo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), dijo que en la primera infancia se deben seguir impulsando acciones para que estados y municipios trabajen de manera coordinada en actas de nacimiento, porque da ciudadanía, nacionalidad y personalidad jurídica. “No se puede aspirar a tener un México en paz sino se tiene una atención integral y prioritaria para la niñez y la adolescencia”.

De la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Fanny Gutiérrez Rosario, explicó que esta instancia se encarga de asegurar la protección y restitución de los derechos vulnerados de la niñez, pero se debe mejor la ley en la materia para fortalecer la creación de procuradurías municipales. Propuso crear unidades de protección con grupos multidisciplinarios, así como impulsar “Tu procuraduría va contigo” para que no vayan al lugar más alejado.

La directora ejecutiva de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), Tania Ramírez Hernández, expuso que niñas, niños y adolescentes viven muchas adversidades en sus derechos y en todos los espacios en donde se desarrollan, y que si bien hay una legislativa y convenciones “lo que no termina de madurar es el cambio hacia una realidad menos adversa”. Dijo que, de acuerdo a un balance, persiste discriminación, y que el presupuesto debe considerar mayores recursos para estas poblaciones y contemplar la perspectiva de niñez en el Plan Nacional de Desarrollo.

Marco Antonio Bonilla Mendoza, presidente municipal de Chihuahua y de la Red Mexicana de Ciudades Amigas de la Niñez, señaló que parte de este sector de la población enfrenta situaciones adversas en educación, trabajo infantil, salud y violencia; por ello, es necesaria e indispensable la respuesta de los gobiernos municipales, y una obligación ética para garantizar a la niñez condiciones de vida digna y establecer alianzas entre las autoridades más cercanas a la población. Solicitó ejecutar políticas que tengan como prioridad a los más jóvenes y mejoren su calidad de vida.

Recalcó que una política pública que se ha implementado es imponer multas económicas a intérpretes que en sus canciones realicen apología del delito o denigren o violenten a la mujer, porque “muchas cosas de las que hoy sabemos las aprendimos cantando”. “Y algunas de las consecuencias que hoy se viven son que un joven apuñale en plena clase a su maestra o que un menor de 13 años se autodenomine el niño sicario”. Reveló que el dinero de las multas se destina a una casa hogar para niñas y adolescentes que se va a construir.

El presidente municipal de Saltillo, Javier Díaz González, hizo notar que se trabaja en conjunto para construir políticas públicas que beneficien a la niñez, adolescencia y a todos los actores de las comunidades, siendo ellos los denominados “Activa tu parque” y “Colonias al 100”, a fin de recuperar los espacios públicos en temas de cultura, deporte, seguridad pública, servicios primarios, atención a grupos vulnerables, y así fortalecer el tejido social y familiar y mejorar los espacios para vivir.

La presidenta del DIF municipal de Chihuahua, Karina Olivas Maldonado, expresó que desde los gobiernos no se deben escatimar esfuerzos y recursos cuando se trata de los derechos de la niñez, ya que enfrentan situaciones adversas en materia de educación, trabajo infantil, salud mental y violencia. “Debemos establecer acciones y políticas de gobierno que permitan mejorar la vida y garantizar la dignidad de cada niño y niña en nuestras ciudades y el futuro del país”.

De la Fundación Antenas por los Niños A.C., Maritza Suárez Padilla manifestó su preocupación por que México ocupa el primer lugar en abuso sexual y el segundo lugar en pornografía, e hizo mención que la asociación tiene una herramienta interactiva manejada por psicólogos expertos para garantizar acceso a la justicia a menores víctimas de delito y violencia. “Las infancias necesitan una red de apoyo. Respetar, proteger y garantizar los derechos de la niñez es la obligación, porque es más fácil construir niños fuertes que reparar adultos rotos”.

Como parte de la XXXIX Asamblea Nacional, se realizó el “Foro para la participación de niñas, niños y adolescentes”, en donde compartieron experiencias sobre el ejercicio de sus derechos en materia de educación, salud, bienestar, expectativas y prioridades en caso de que fueran presidentes municipales o diputadas y diputados para proteger el presente y futuro de la niñez y adolescencia. Señalaron la importancia de voltear a ver a este sector de la población.

Por la sociedad civil, participaron Juan Martín Pérez García, coordinador de “Tejiendo Redes por la Infancia en América Latina y el Caribe”, Arlett Belmont Trejo, directora ejecutiva de Fundación Juntos con las niñas y niños-Juconi; Banessa Paola Gómez Aguilar, del equipo jurídico de Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C., y Héctor José Villanueva Clift, presidente de la Academia Mexicana de Pediatría A.C.

También, Liliana Salinas Valdés, expresidenta de la RMCAN y presidenta honoraria del DIF Estatal de Coahuila. Acto seguido se desarrolló la ponencia magistral “La realidad de nuestras niñas y niños y las claves para su desarrollo pleno”, a cargo de Paulina Amozurrutia.