{"id":223396,"date":"2025-03-04T16:31:01","date_gmt":"2025-03-04T22:31:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/?p=223396"},"modified":"2025-03-04T16:31:01","modified_gmt":"2025-03-04T22:31:01","slug":"fundamentan-dictamen-a-la-minuta-de-reformas-constitucionales-sobre-no-reeleccion-y-nepotismo-electoral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/2025\/03\/04\/fundamentan-dictamen-a-la-minuta-de-reformas-constitucionales-sobre-no-reeleccion-y-nepotismo-electoral\/","title":{"rendered":"Fundamentan dictamen a la minuta de reformas constitucionales sobre no reelecci\u00f3n y nepotismo electoral"},"content":{"rendered":"<p>Visitas: 6<\/p><p>A nombre de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Reforma Pol\u00edtica-Electoral, el diputado V\u00edctor Hugo Lobo Rom\u00e1n (Morena), fundament\u00f3 el dictamen a la minuta que reforma y adiciona los art\u00edculos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en materia de no reelecci\u00f3n y nepotismo electoral.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que el objetivo del dictamen a la iniciativa presentada por la presidenta de la Rep\u00fablica, Claudia Sheinbaum Pardo, busca eliminar el nepotismo electoral y la relecci\u00f3n consecutiva en los procesos electorales. <\/p>\n<p>Coment\u00f3 que en el art\u00edculo 55 fracci\u00f3n VIII queda establecido como requisito para las personas que pretendan postularse para el cargo de diputada o diputado, el no tener o haber tenido en los \u00faltimos tres a\u00f1os anteriores al d\u00eda de la elecci\u00f3n un v\u00ednculo de matrimonio o concubinato o uni\u00f3n de hecho o de parentesco por consanguinidad o civil en l\u00ednea recta sin limitaci\u00f3n de grado y en l\u00ednea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado con la persona que est\u00e1 ejerciendo la titularidad de la diputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Mientras que el art\u00edculo 59 precisa que no podr\u00e1n ser reelectas para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato las personas senadoras y los diputados al Congreso. El 82 en su fracci\u00f3n VIII determina que igualmente la prohibici\u00f3n de un v\u00ednculo de matrimonio o concubinato para el caso de las personas titular del Ejecutivo Federal, as\u00ed como el 115 que se refiere a la prohibici\u00f3n de nepotismo electoral y la no reelecci\u00f3n en el \u00e1mbito municipal. <\/p>\n<p>El art\u00edculo 116 indica que corresponde establecer las prohibiciones para el \u00e1mbito local en las entidades federativas y el 122 hace menci\u00f3n de estas prohibiciones para la Ciudad de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>\u201cHoy el dictamen que aprobamos en comisiones unidas de manera un\u00e1nime es un resultado virtuoso, porque si una reforma debe contar con unanimidad de todas las fuerzas pol\u00edticas debe ser fundamentalmente las electorales, ya que ejercen y marcan las reglas y la ruta para todas y todos los mexicanos\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>El presidente de la Comisi\u00f3n de Reforma Pol\u00edtica-Electoral precis\u00f3 que la reforma presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum en materia de no reelecci\u00f3n impide que una persona que ejerza el cargo de elecci\u00f3n popular de cualquier \u00e1mbito territorial pueda postularse para el mismo para el periodo anterior. <\/p>\n<p>Con esta reforma &#8211;asegur\u00f3&#8211; se tendr\u00e1 un proceso democr\u00e1tico m\u00e1s amplio pues fomenta la alternancia del poder y el pluralismo pol\u00edtico, evita la concentraci\u00f3n de poder y el exceso en el ejercicio de los cargos p\u00fablicos y crea un proceso m\u00e1s participativo pues \u00e9ste se abre a toda la ciudadan\u00eda. \u201cLa esencia de la reforma contra la no reelecci\u00f3n corresponde a una identidad hist\u00f3rica de nuestro pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, expuso, abre la puerta a procesos electorales m\u00e1s equilibrados, equitativos y con la mayor imparcialidad, permite la aut\u00e9ntica alternancia y la plena renovaci\u00f3n de los cargos p\u00fablicos. \u201cEn una democracia constitucional y representativa queda impl\u00edcito que los representantes ejercemos solamente los poderes que nos fueron asignados por la voluntad del pueblo, aceptando los l\u00edmites impuestos por los mismos, incluyendo as\u00ed su temporalidad por la que fuimos electos\u201d.<\/p>\n<p>Lobo Rom\u00e1n extern\u00f3 que se regresa al camino correcto de nuestra historia y que ha marcado el sufragio efectivo no reelecci\u00f3n. Los l\u00edmites a la reelecci\u00f3n tienen como objetivo preservar la democracia y proteger el derecho humano a la participaci\u00f3n pol\u00edtica, contribuyendo a garantizar la renovaci\u00f3n de los poderes que \u00e9sta sea realmente genuina. <\/p>\n<p>La reforma en materia de nepotismo, precis\u00f3, es hist\u00f3rica pues instaura la prohibici\u00f3n del nepotismo electoral en nuestro marco constitucional. Adem\u00e1s, garantiza que ninguna persona podr\u00e1 participar en un proceso electoral si sostiene una relaci\u00f3n familiar con la persona que ejerce el cargo de elecci\u00f3n. <\/p>\n<p>\u201cCon esto &#8211;consider\u00f3&#8211; evitamos el abuso de poder al impedir que \u00e9ste pueda ser heredado o transmitido a una persona con v\u00ednculos familiares o personales, as\u00ed como el tr\u00e1fico de influencias y el conflicto de intereses. Creamos un marco en el que las postulaciones a cargos p\u00fablicos se dar\u00e1n con plena igualdad de condiciones, pues evitar\u00e1 el favoritismo familiar o personal; favorece la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas, ya que se posibilita cualquier posible encubrimiento, y crea un marco que favorece la capacidad, los m\u00e9ritos, la honorabilidad y la vocaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Resalt\u00f3 que los espacios del servicio p\u00fablico son un honor, no deben ser una herencia. Al elevarse a rango constitucional, se establece un criterio uniforme que obliga a todas las autoridades a prevenir, sancionar y erradicar este tipo de conductas. \u201cEs una reforma de profundo contenido \u00e9tico y de valiosos principios pol\u00edtico-electorales\u201d.<\/p>\n<p>Mencion\u00f3 que es una iniciativa congruente con la transformaci\u00f3n que vive nuestro pa\u00eds y que est\u00e1 posibilitando el desarrollo de la naci\u00f3n mediante el robustecimiento del marco pol\u00edtico-electoral. Se erradicar\u00e1n, asegur\u00f3, las pr\u00e1cticas que han minado la confianza de la ciudadan\u00eda en las y los representantes electos, creando un l\u00edmite que cierra de paso la concentraci\u00f3n y el abuso del poder, perfeccionando la vida democr\u00e1tica. <\/p>\n<p>Con esta reforma, dijo, se da un paso hacia adelante en la construcci\u00f3n de una democracia moderna, fiel a nuestra historia, pero fundamentalmente comprometida con el futuro. \u201cEstamos garantizando que todas y todos los mexicanos puedan aspirar a un cargo de representaci\u00f3n popular con la mayor igualdad y equidad. Se fortalece el r\u00e9gimen democr\u00e1tico y transforma de manera profunda el devenir de los procesos pol\u00edticos-electorales de la naci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se fortalece la confianza en las candidaturas, lo que implicar\u00e1 una mayor participaci\u00f3n de todos los ciudadanos, erradicando las pr\u00e1cticas que la han debilitado, se reconoce que la renovaci\u00f3n genuina de los cargos de elecci\u00f3n popular es un principio necesario, implementa un freno al autoritarismo y a la concentraci\u00f3n de poder, al favoritismo, al clientelismo electoral, a la inequidad o al abuso de recursos o el sesgo humano pol\u00edtico-electoral, enfatiz\u00f3 el legislador.<\/p>\n<p>Desechan moci\u00f3n suspensiva<\/p>\n<p>En votaci\u00f3n econ\u00f3mica, el Pleno desech\u00f3 la moci\u00f3n suspensiva de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre (MC), para detener la discusi\u00f3n y votaci\u00f3n del dictamen, por considerar que no se atienden los problemas que presenta el pa\u00eds sobre nepotismo, el cual no se limita a los cargos de elecci\u00f3n popular sino se esparce por toda la estructura pol\u00edtica y burocr\u00e1tica de la administraci\u00f3n p\u00fablica en los tres niveles y \u00f3rdenes de gobierno,<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Visitas: 6A nombre de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Reforma Pol\u00edtica-Electoral, el diputado V\u00edctor Hugo Lobo Rom\u00e1n (Morena), fundament\u00f3 el dictamen a la minuta que reforma y adiciona los art\u00edculos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en materia de no reelecci\u00f3n y nepotismo electoral. 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