{"id":166520,"date":"2019-03-22T06:14:42","date_gmt":"2019-03-22T06:14:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/aprueba-cabildo-reformas-planteadas-por-el-congreso\/"},"modified":"2019-03-22T06:14:42","modified_gmt":"2019-03-22T06:14:42","slug":"aprueba-cabildo-reformas-planteadas-por-el-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/2019\/03\/22\/aprueba-cabildo-reformas-planteadas-por-el-congreso\/","title":{"rendered":"Aprueba cabildo, reformas planteadas por el Congreso"},"content":{"rendered":"<p>Visitas: 0<\/p><p style=\"text-align: justify;\"><strong>COMUNICADO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con fundamento en lo establecido en el art\u00edculo 84 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz, as\u00ed como, los art\u00edculos 5 y 11 de la Ley Reglamentaria en materia de Reformas Constitucionales parciales, el cabildo de Poza Rica presidido por el alcalde Francisco Javier Vel\u00e1zquez Vallejo, aprob\u00f3 reformas y adiciones a diversos art\u00edculos de la carta magna estatal, que fueron planteadas por el Congreso del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el marco de la Cuadrag\u00e9sima Sexta Sesi\u00f3n Extraordinaria de Cabildo, se aprob\u00f3 la reforma al Art\u00edculo 33, Fracci\u00f3n XVI, Inciso C) de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde se establece que para la contrataci\u00f3n de montos m\u00e1ximos de empr\u00e9stitos u operaciones financieras, realizadas por el estado o los entes p\u00fablicos, mediante la emisi\u00f3n de t\u00edtulos de cr\u00e9ditos para atender necesidades y obligaciones en las mejores condiciones del mercado, se deber\u00e1 de contar para su aprobaci\u00f3n, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes. De tal manera, desde el Congreso del Estado se propone que para el caso de los Ayuntamientos se cuente con la aprobaci\u00f3n de las dos terceras partes del cabildo para contratar deuda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n los ediles aprobaron reformar la Fracci\u00f3n X del Art\u00edculo 33 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz para darle atribuciones al Congreso del Estado, para designar, con la aprobaci\u00f3n de las dos terceras partes de sus integrantes, de entre los vecinos de un municipio, un concejo municipal, el cual quedar\u00e1 conformado por un n\u00famero de concejales id\u00e9ntico al de ediles que corresponder\u00edan al Ayuntamiento de acuerdo a lo dispuesto en la Ley, cuando, se hubiere declarado la desaparici\u00f3n de un Ayuntamiento, se presentar\u00e1 la renuncia o falta absoluta de la mayor\u00eda de los ediles, si conforme a la ley no procediere que entraren en funciones los suplentes, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se aprob\u00f3 adicionar al art\u00edculo 33 las fracciones XXIV BIS y XXIV TER, para brindar atribuciones a los ayuntamientos; en el caso de la fracci\u00f3n XXIV BIS, establece el llamar, en cualquier momento, cuando se trate de diputados elegidos por el principio de representaci\u00f3n proporcional, al siguiente en el orden que corresponda, seg\u00fan las listas presentadas por los partidos pol\u00edticos, si ocurriere la falta del propietario y del suplente. Y la Fracci\u00f3n XXIV TER que indica el Convocar a elecciones extraordinarias en los Ayuntamientos en los que se hubiere declarado la nulidad, o no se hubiere hecho la declaraci\u00f3n de validez respectiva, el d\u00eda \u00faltimo de cada mes de diciembre inmediato a la elecci\u00f3n correspondiente. En la convocatoria se fijar\u00e1 la fecha de celebraci\u00f3n de las elecciones, se expedir\u00e1 un plazo no mayor de cuarenta y cinco d\u00edas, contados a partir de la declaraci\u00f3n de nulidad, si es el caso, y en ella no se podr\u00e1n restringir los derechos y prerrogativas de la Constituci\u00f3n Federal y las leyes generales aplicables otorgan a los ciudadanos y a los partidos pol\u00edticos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se aprob\u00f3 adicionar la Fracci\u00f3n VII Bis al art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n del Estado, correspondientes a las atribuciones de la diputaci\u00f3n permanente del Congreso del Estado, para que llame en cualquier momento, cuando se trate de diputados elegidos por el principio de representaci\u00f3n proporcional, al siguiente en el orden que corresponda, seg\u00fan las listas presentadas por los partidos pol\u00edticos, si ocurriere la falta del propietario y del suplente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual manera se aprob\u00f3 por parte de los ediles, la reforma al Art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz, referente a que las autoridades deber\u00e1n de privilegiar la soluci\u00f3n del conflicto sobre formulismos, siempre y cuando, no afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos. Asimismo, se aprob\u00f3 reformar el P\u00e1rrafo Sexto del Art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz, relacionado a la elaboraci\u00f3n de los respectivos planes estatal y municipal de desarrollo, se consultar\u00e1n previamente a las comunidades ind\u00edgenas, conforme a los medios de consulta que para tal efecto se establezcan en la Ley de Planeaci\u00f3n, as\u00ed como la forma en que participen en el ejercicio y vigilancia de las acciones a ellas destinadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Visitas: 0COMUNICADO Con fundamento en lo establecido en el art\u00edculo 84 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Veracruz, as\u00ed como, los art\u00edculos 5 y 11 de la Ley Reglamentaria en materia de Reformas Constitucionales parciales, el cabildo de Poza Rica presidido por el alcalde Francisco Javier Vel\u00e1zquez Vallejo, aprob\u00f3 reformas y adiciones a diversos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":166521,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[213],"tags":[],"class_list":{"0":"post-166520","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-poza-rica"},"nelio_content":{"isAutoShareEnabled":true,"autoShareEndMode":"never","automationSources":{"useCustomSentences":false,"customSentences":[]},"followers":[],"suggestedReferences":[],"efiUrl":"","efiAlt":"","highlights":[],"permalinkQueryArgs":[],"series":[]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/166520","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=166520"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/166520\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/media\/166521"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=166520"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=166520"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.enteratever.com\/2023\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=166520"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}